El sexting es compartir imágenes, videos o mensajes de contenido íntimo por medios digitales. Cuando participan personas menores de edad o el contenido se difunde sin consentimiento puede derivar en una investigación penal. El Código Penal de Tabasco sanciona divulgar sin consentimiento contenido íntimo sexual de una persona mayor de edad (artículo 163 Quinquies) y, tratándose de menores de edad, prevé delitos más graves como la pornografía infantil (artículo 334 Bis). Lo prudente es no reenviar, no borrar sin asesoría y llamar a un defensor.
Qué conductas suelen investigarse
- Divulgar, compartir o publicar imágenes íntimas de alguien sin su consentimiento.
- Grabar o fotografiar contenido íntimo sin autorización.
- Inducir o facilitar que una persona menor de edad realice actos de exhibicionismo sexual para grabarla o fotografiarla.
- Poseer o difundir ese material.
- Manipular imágenes (incluso con inteligencia artificial) para crear contenido íntimo falso de una persona mayor de edad.
La redacción de los delitos y su alcance dependen de la edad de las personas involucradas y de los hechos concretos; por eso la defensa debe revisarlos antes de cualquier declaración.
Qué hacer si hay una denuncia o una citación
- 1Primero
No reenviar ni comentar
Reenviar el material puede agravar la situación y extender el daño.
- 2Primero
No borrar sin asesoría
Borrar mensajes o dispositivos puede interpretarse como obstaculizar la investigación. Un abogado te dirá cómo preservar la información sin difundirla.
- 3Luego
No contactar a la otra persona
Cualquier contacto con la víctima o su familia puede verse como presión.
- 4Siempre
Que no declare: siempre con su defensor
La persona adolescente no debe declarar y siempre debe estar asistida por su defensor.
- 5Después
Apoyo psicológico
Es importante para la persona adolescente y para la familia.
Si se identifica a una persona adolescente investigada, la ley protege su intimidad: los medios de comunicación y los servidores públicos tienen prohibido divulgar su identidad (art. 36 LNSIJPA).
La confidencialidad aplica a todas las personas involucradas.Preguntas frecuentes
¿Es delito enviar una foto íntima a una pareja adolescente?
Depende de la edad, de si hubo consentimiento y de si el material se difundió o se obtuvo con presión. Cuando participan menores de edad, la ley es especialmente estricta. Requiere análisis individual.
¿Qué pasa si mi hijo recibió y reenvió una imagen?
Puede investigarse. Conviene dejar de difundirla, conservar la evidencia sin compartirla y consultar a un defensor antes de declarar.
¿La escuela puede denunciar?
Sí. Cualquier persona o autoridad puede presentar una denuncia. Si llega una citación, no la ignores: llama a un abogado.
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Fuentes y marco legal
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 18 (sistema de justicia para adolescentes; internamiento como medida extrema).
- Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, en especial los artículos 38 (garantías de la detención), 39 (prohibición de incomunicación), 41 (defensa técnica especializada), 45 (abstención de declarar), 119 y 122 (medidas cautelares e internamiento preventivo), 130 (audiencia inicial y plazos) y 145 (medidas de sanción).
- Código Penal para el Estado de Tabasco, artículos 163 Quinquies a 163 Septies (violación a la intimidad sexual) y 334 Bis (pornografía infantil).
Información de carácter general. No sustituye una asesoría legal personalizada.