Logotipo Abogado de AdolescentesAbogado de AdolescentesDefensa · México
Inicio / Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Lo que más preguntan las familias cuando un adolescente es detenido o investigado.

Respuesta corta

Respuestas breves a las dudas más comunes sobre detenciones, órdenes de aprehensión, derechos y defensa de adolescentes en Tabasco. Para una urgencia, llama al 993 597 9492.

¿Un adolescente necesita un abogado especializado?

Sí. Toda persona adolescente a la que se atribuye un hecho señalado como delito tiene derecho a ser asistida por un defensor especializado en el sistema, y los asuntos se llevan ante autoridades especializadas, como la Fiscalía Especializada en Justicia para Adolescentes. Por eso conviene un abogado con experiencia específica en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

¿A partir de qué edad se aplica el sistema de justicia para adolescentes?

Se aplica a personas de 12 años cumplidos y menos de 18 años a quienes se atribuye un hecho señalado como delito. Las personas menores de 12 años no son sujetas a un proceso penal: el Ministerio Público da aviso de inmediato a quienes ejercen la patria potestad o tutela y a la Procuraduría de Protección, que atiende su situación mediante medidas de protección (artículo 126).

¿Atienden casos fuera de Tabasco?

Sí. Se atiende de forma presencial en Tabasco, con urgencias las 24 horas, y se defiende también en otros estados del país, sujeto a la revisión de cada caso, la urgencia y los tiempos de traslado. La Ley Nacional de Justicia Penal para Adolescentes es la misma en los 32 estados; lo que cambia es el código penal local y las autoridades que intervienen. Más información en defensa de adolescentes en todo México.

¿Qué pasa si mi hijo tiene 16 o 17 años?

Pertenece al grupo etario III. Se le aplican todos los derechos del sistema especializado: no debe declarar, siempre debe estar asistido por su defensor y debe estar separado de las personas adultas. Si al final se comprueba su responsabilidad, la medida de sanción máxima es de cinco años (artículo 145), y el internamiento solo procede como medida extrema y por los hechos del artículo 164. Durante el proceso, el internamiento preventivo es excepcional y de máximo cinco meses (artículo 122); la defensa debate medidas distintas, como las de supervisión externa, y las soluciones alternas que procedan.

¿Una persona adolescente menor de 14 años puede ser privada de su libertad?

No. En el grupo de 12 años cumplidos a menos de 14 no procede el internamiento preventivo (artículo 122 de la Ley Nacional) ni ninguna medida de sanción privativa de libertad (artículo 145); solo pueden aplicarse medidas no privativas de libertad, por un máximo de un año. Si una persona menor de 14 años fue privada de su libertad, es todavía más urgente que un defensor especializado revise de inmediato lo ocurrido. Llama al 993 597 9492.

¿Dónde se tramitan los asuntos de adolescentes en Tabasco?

En todo el estado de Tabasco hay una sola Fiscalía Especializada en Justicia para Adolescentes y un solo Juzgado de Control Especializado, y ambos se encuentran en Villahermosa. Los asuntos de todos los municipios se tramitan en Villahermosa.

¿Se juzga a un adolescente como adulto?

No. Existe una ley especial y un sistema de justicia independiente del sistema para adultos, porque los adolescentes son personas en desarrollo con derechos específicos que deben respetarse en todo momento.

¿Mi hijo de 16 años irá a la cárcel con adultos?

No. Desde el momento de la detención, la persona adolescente debe permanecer en lugares distintos a los de las personas adultas (artículo 38 de la Ley Nacional), y el internamiento se cumple en unidades exclusivas para adolescentes. El objetivo de la defensa es debatir las opciones para que no llegue a ser internado.

¿Cuánto tiempo puede estar detenido un adolescente antes de ver a un juez?

En una detención en flagrancia, el Ministerio Público debe poner al adolescente a disposición del Juez de Control en un plazo que no puede exceder de 36 horas (artículo 130 de la Ley Nacional), salvo los supuestos que la propia ley prevé según las características de la investigación. Si la detención deriva de una orden de aprehensión, debe ser puesto de inmediato ante el Juez de Control. Las primeras horas son críticas.

¿Se puede detener a un adolescente con una orden de aprehensión?

Sí. A las personas adolescentes de 14 años cumplidos a menos de 18 se les puede detener en cumplimiento de una orden de aprehensión. Deben ser tratadas con respeto y dignidad y puestas de inmediato a disposición del Juez de Control Especializado (artículo 130), para la audiencia inicial.

¿Qué debo hacer si detienen a mi hijo adolescente?

Mantén la calma, averigua si se encuentra en la Fiscalía Especializada o ante el Juzgado de Control Especializado (ambos en Villahermosa), llama de inmediato a un abogado especializado y recuerda que la persona adolescente no debe declarar y siempre debe estar asistida por su defensor. Reúne también sus documentos: acta de nacimiento, CURP, identificación de los padres, comprobante de domicilio y constancia escolar. Hay una guía paso a paso en Derechos del adolescente detenido.

¿Debe declarar el adolescente?

No. La persona adolescente tiene derecho a abstenerse de declarar y a no incriminarse, y su silencio no puede valorarse en su contra (artículo 45 de la Ley Nacional). No debe declarar y siempre debe estar asistida por su defensor. Si, después de consultarlo con su defensa, quisiera declarar, solo puede hacerlo ante el Órgano Jurisdiccional y con su defensa presente, sin que se le exija protesta de decir verdad.

¿Qué son las medidas cautelares y cuándo se aplica el internamiento preventivo?

El artículo 119 de la Ley Nacional permite al Juez de Control imponer medidas cautelares personales a solicitud del Ministerio Público, de la víctima u ofendido, después de escuchar a la persona adolescente. Incluyen desde presentarse periódicamente ante una autoridad hasta, como medida más grave, el internamiento preventivo. Este último es excepcional, dura como máximo cinco meses y se revisa cada mes (artículos 121 y 122). La defensa busca medidas de supervisión externa para que la persona adolescente permanezca con su familia.

¿Cuándo procede el internamiento?

El artículo 18 de la Constitución establece que el internamiento solo se utilizará como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda. Conforme a la Ley Nacional, solo puede imponerse a personas de 14 años cumplidos a menos de 18 y únicamente por los hechos señalados en su artículo 164 (entre ellos, violación, homicidio doloso y ciertos delitos contra la salud).

¿Qué delitos atienden?

Defensa de adolescentes a quienes se atribuye un hecho que la ley señala como delito: contra la salud (drogas), violación, abuso sexual, pederastia, robo, lesiones, violencia familiar, homicidio, sexting, amenazas y otros. Consulta la página de delitos para más detalle.

¿Atienden solo en Villahermosa, Tabasco?

No. La oficina está en Villahermosa, donde también se encuentran la Fiscalía Especializada y el Juzgado de Control Especializado, que atienden los asuntos de todo el estado de Tabasco. Se brinda defensa a familias de todos los municipios: Balancán, Cárdenas, Centla, Centro (Villahermosa), Comalcalco, Cunduacán, Emiliano Zapata, Huimanguillo, Jalapa, Jalpa de Méndez, Jonuta, Macuspana, Nacajuca, Paraíso, Tacotalpa, Teapa, Tenosique. Además se defiende en otros estados del país, según el caso.

¿La información que comparto con el abogado es confidencial?

Sí. Lo que se comenta con el abogado defensor está protegido por el secreto profesional. Además, el sistema para adolescentes protege la intimidad del adolescente y de su familia.

¿Atienden casos de adolescentes detenidos por drogas (delitos contra la salud)?

Sí. Se atiende la defensa de adolescentes detenidos o investigados por posesión, comercio, suministro o transporte de narcóticos. La clave es la sustancia, la cantidad, cómo ocurrió la detención y si hay indicios de comercio o solo de consumo. Más información en delitos contra la salud.

¿Qué hago si acusan a mi hijo adolescente de violación?

Llama de inmediato a un abogado especializado. El adolescente no debe declarar y siempre debe estar asistido por su defensor, y la familia no debe contactar a la persona denunciante ni publicar información. Se aplica el sistema especializado de adolescentes, con protección de la intimidad de todas las personas involucradas. Más información en adolescente acusado de violación.

¿Qué pasa si un adolescente es acusado de abuso sexual o pederastia?

El caso se tramita en el sistema de justicia para adolescentes. El nombre del delito y sus elementos dependen del Código Penal aplicable, y cuando la persona ofendida es menor de edad la ley puede considerar que no existe consentimiento válido. Conviene contar con un defensor desde la primera citación o detención. Más información en abuso sexual y pederastia.

¿Cómo contacto al abogado y cuánto cuesta la defensa?

Llama o escribe por WhatsApp al 993 597 9492. Los honorarios dependen de la etapa del procedimiento y de la complejidad del caso; se te da una orientación clara desde la primera conversación.

Fuentes y marco legal

Información de carácter general. No sustituye una asesoría legal personalizada.

No enfrentes esto sin un defensor especializado

Una llamada puede cambiar el rumbo del caso. Estoy disponible ahora.

💬
📞 Llamar💬 WhatsApp